|
Nombre comercial.
Es el nombre con el que se identifica el vino
Embotellador.
Es el responsable del producto en sí. Puede
especificarse que ha sido producido y embotellado en
la propiedad o sólo citar al embotellador
Contenido de la botella.
Es de obligado cumplimiento hacer constar en la
etiqueta la cantidad de producto que contiene el
envase. La mayoría de los vinos de calidad se
ofrecen en envases de 0,75 l., aunque pueden
encontrarse distintas capacidades: medias botellas,
mágnum, etc
Año de cosecha.
Sin ser una mención obligatoria se debe tener en
cuenta que el vino tiene un ciclo vital: su periodo
de desarrollo, su edad de oro y su inevitable
decadencia. Cada tipo de vino recorre este ciclo a
un ritmo que le es propio. Es conveniente relacionar
el año de la cosecha con el tipo de vino y con la
fecha de consumo
Contenido alcohólico.
Suele oscilar entre 10,5 y 13,5 % salvo para los
vinos de licor que obligatoriamente debe estar
comprendida entre los 15% y 22% vol.
Lote de fabricación.
Mención obligatoria que indica la cantidad de
producto que se ha elaborado y envasado en
circunstancias prácticamente idénticas. La mención
permite la trazabilidad del vino si se detectara
algún riesgo para la salud
Zona geográfica de procedencia y/o denominación
de origen.
La procedencia determina el origen del vino. Si la
producción está controlada, debe aparecer la
denominación de origen y Consejo Regulador. Esto
implica que ha sido sometido a unos controles
estrictos, no sólo en su elaboración sino también en
su crianza regulada por el Reglamento que le compete |